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Solicitud de excusa para miembros de mesas electorales

Presentación, por aquellos ciudadanos/as que han sido designados/as como miembros de mesas electorales, de excusas que a su juicio le impidan ejercer dicho cargo en el día indicado.


Finalidad

Presentación, por aquellos ciudadanos/as que han sido designados/as como miembros de mesas electorales, de excusas que a su juicio le impidan ejercer dicho cargo en el día indicado.

Quien lo puede presentar

El interesado/a designado como miembro de mesa electoral o su representante legal, debidamente acreditado como tal.

Plazos de presentación

Siete (7) días naturales desde la recepción de la notificación por la que se le comunica su designación.

Presentación

Telemática o presencial (en las oficinas de registro) para las personas físicas no obligadas a presentar las solicitudes de forma telemática, en base al artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Telemática para el resto de sujetos, en base al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Órgano gestor

Secretaría General

Plazo de resolución

Cinco (5) días.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Recursos

Sin ulterior recurso (art. 27.3 Ley Orgánica 5/1985).

Normativa básica

-       Art. 27 Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General.
-       Instrucción 6/2011, de 28 de abril, de la Junta Electoral Central.

Pago de tasas

Sin tasas.

Información Adicional

Presentación, por aquellos ciudadanos/as que han sido designados/as como miembros de mesas electorales, de excusas que a su juicio le impidan ejercer dicho cargo en el día indicado.

Documentación relacionada

- Documento de informacion publica : Solicitud de excusa para miembros de mesas electorales

Nivel de identificación del solicitante

Documentación a aportar

En todos los casos
Solicitud de excusa para miembros de mesas electorales.
Documentación acreditativa del impedimento a alegar.
Documentación acreditativa del impedimento a alegar
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