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Proceso selectivo de constitución de Bolsa de Mejora de Empleo de Técnico Superior adscrito al Departamento de Urbanismo

Proceso selectivo para la creación de una Bolsa de Mejora de Empleo de Técnico Superior adscrito al Departamento de Urbanismo, Escala de Administración General, Subescala Técnica, perteneciente al Subgrupo de Titulación A1, mediante el sistema de Prueba de Conocimientos y Valoración de Méritos.


Finalidad

Proceso selectivo para la creación de una Bolsa de Mejora de Empleo de Técnico Superior adscrito al Departamento de Urbanismo, Escala de Administración General, Subescala Técnica, perteneciente al Subgrupo de Titulación A1, mediante el sistema de Prueba de Conocimientos y Valoración de Méritos.

Quien lo puede presentar

Ser funcionario de carrera en servicio activo del Ayuntamiento de Llíria y pertenecer a un cuerpo, agrupación funcionarial, escala o subescala distinta a los adscritos al puesto de trabajo de Técnico Superior.

Plazos de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales, a contar del siguiente al de la publicación de las presentes Bases en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Llíria.

Presentación

Las solicitudes para participar en las pruebas selectivas se presentarán por medios electrónicos, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Llíria (https://sede.lliria.es) (Catálogo de trámites/Recursos Humanos ? Proceso selectivo para la creación de una Bolsa de Mejora de Empleo de Técnico Superior adscrito al Departamento de Urbanismo), y de acuerdo al modelo que consta en la misma y en la página web del mismo (www.lliria.es), o en cualquier registro electrónico de los establecidos en el artículo 16.4.a de la Ley 39/2015, de I de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Órgano gestor

Recursos Humanos

Plazo de resolución

Los establecidos en las Bases de la Convocatoria.

Efecto del silencio administrativo

No procede

Recursos

Potestativamente, recurso de reposición ante la Alcaldía Presidencia en el plazo de un mes, o recurso contencioso administrativo ante los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Ante los actos de la Comisión de Valoración, podrá interponerse el recurso de alzada previsto en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de sus publicaciones o notificaciones. El recurso podrá interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante la Alcaldía-Presidencia como órgano competente para resolverlo.

Normativa básica

Bases de la convocatoria; Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público; Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana; Decreto 3/2017, 13 de enero del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento de Selección, Provisión de Puestos de Trabajo y movilidad del personal de la función pública valenciana; Real Decreto Legislativo 781/1986, de l8 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios Civiles de la Administración del Estado; y restantes disposiciones aplicables y concordantes.

Pago de tasas

Los aspirantes deberán abonar el importe de 35,60 ? en concepto de Tasa establecida en el artículo 7 de la Ordenanza Fiscal nº 27 reguladora de la tasa por la actividad administrativa de celebración de pruebas de selección de personal.

El pago de la tasa se efectuará por cualquiera de las dos siguientes opciones:

1. Generando una autoliquidación cuyo trámite se encuentra puesto a disposición en la sede electrónica del Ayuntamiento de Llíria: https://sede.lliria.es, en la sección de Tributos y pagos, apartado ?Autoliquidaciones?, creando una nueva liquidación en ?SELECCIÓN PERSONAL?.

Una vez generada la autoliquidación, el pago se podrá efectuar a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Llíria: https://sede.lliria.es/, en la sección de Tributos y pagos, apartado ?Pasarela de pago?. En la pasarela de pago se deberá indicar el nº de emisora, nº de referencia, identificación e importe, cuyos datos aparecen en la autoliquidación que se ha generado previamente.

2. Cuando no sea posible realizar el pago de acuerdo con lo señalado en el apartado anterior, se podrá solicitar por correo electrónico el modelo de autoliquidación a recaudacion@lliria.esindicándose en este caso los siguientes datos:

  • Nombre y apellidos
  • Número de identificación fiscal (NIF):
  • Dirección postal (a efecto de notificaciones) indicando:
    • Calle, plaza o vía con número de portal y puerta.
    • Código postal
    • Localidad
    • Provincia
  • Proceso selectivo al que se dirige la solicitud

Una vez generada la autoliquidación, el pago se podrá efectuar a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Llíria: https://sede.lliria.es/, en la sección de Tributos y pagos, apartado ?Pasarela de pago?. En la pasarela de pago se deberá indicar el nº de emisora, nº de referencia, identificación e importe, cuyos datos aparecen en la autoliquidación que se ha generado previamente.

El pago podrá efectuarse asimismo mediante abono a través de banca electrónica u oficinas de las entidades bancarias indicadas en la carta de pago.

En ambos supuestos, el ingreso se justificará mediante el documento de pago emitido por la pasarela de pago o la entidad bancaria.

Información Adicional

En caso de que la presentación de solicitud diera error, deberá descargarse nuevamente el formulario de solicitud, cumplimentarlo y adjuntar el nuevo modelo descargado.

Los documentos o archivos que se adjunten no deberán contener signos de acentuación, puntuación o numéricos.

 

Documentación relacionada

- Documento de informacion publica : Bases Urbanismo
- Documento de informacion publica : Hoja de autobaremación
- Documento de informacion publica : Solicitud de admisión

Documentación a aportar

En todos los casos
Solicitud de admisión
Solicitud de admisión al proceso selectivo para la creación de una Bolsa de Mejora de Empleo de Técnico Superior adscrito al Departamento de Urbanismo, Escala de Administración General, Subescala Técnica, perteneciente al Subgrupo de Titulación A1, mediante el sistema de Prueba de Conocimientos y Valoración de Méritos.
Documento original acreditativo de haber ingresado la Tasa.
Documento original acreditativo de haber ingresado la Tasa por derechos de examen (Resguardo de ingreso emitido por la entidad bancaria).
Hoja de autobaremación.
Deberá cumplimentarse la Autobaremación que consta en la Sede Electrónica. Los méritos no relacionados en la Autobaremación que figura en la solicitud no serán tenidos en cuenta, aunque se haya aportado documentación acreditativa del mérito. La Autobaremación deberá presentarse firmada por la persona solicitante.
Copia de la documentación acreditativa de los méritos.
Documentación acreditativa de los méritos que se alegan. Los documentos presentados se numerarán correlativamente. La relación de méritos vendrá referida a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso.
Titulación exigida para participar en el proceso
Titulación exigida para participar en el proceso, así como, en su caso, documentación justificativa de la equivalencia o del Plan de Estudios relacionado con las funciones del puesto.
Otra documentación
En algunos casos
Solicitud adaptación.
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