-Ser funcionario de carrera en plaza de Agente de la Policía Local, integrado en la Subescala de Servicios Especiales, Clase Policía Local y sus Auxiliares, de cualquiera de los municipios de la Comunidad Valenciana y estar en posesión del título de bachiller, técnico o equivalente, o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en que finalice el término de presentación de solicitudes. La equivalencia u homologación de títulos deberá acreditarse por medio de certificación expedida por la Administración educativa.
-Haber prestado servicios efectivos en puestos ocupados en propiedad durante al menos dos años, como personal funcionario de carrera con la categoría desde la cual se concursa.
-No faltar menos de cinco años para el pase a la situación de segunda actividad.
-No padecer ninguna enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las funciones propias de su escala y categoría, de acuerdo con el baremo de exclusiones médicas establecido por la Orden de 23 de noviembre de 2005, de la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas.
-No estar suspendido ni tener una inhabilitación por sentencia firme para el ejercicio de la función pública. De producirse la suspensión o la inhabilitación después de la resolución del concurso de movilidad, por un procedimiento iniciado con antelación a la fecha de la convocatoria del concurso, se entenderán anuladas todas las actuaciones respecto del aspirante afectado.
-Estar en posesión de los permisos que habilitan para la conducción de vehículos de las clases B y A2 que permita la conducción de motocicletas con unas características de potencia que no sobrepasen los 25 Kw o una relación potencia/peso no superior a 0,16 Kw/Kg.