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Comunicación de cambio de titularidad o arrendamiento de actividades o licencias

Comunicación necesaria, suscrita por los dos interesados, para el cambio de titularidad de actividades sujetas a licencia ambiental, declaración responsable o comunicación de actividades inocuas, tanto en materia de comercios y actividades regulados por la Ley 6/2014 y Ley 12/2012 como los regulados por la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.


Finalidad

Comunicación necesaria, suscrita por los dos interesados, para el cambio de titularidad o arrendamiento de actividades sujetas a licencia ambiental, declaración responsable o comunicación de actividades inocuas, tanto en materia de comercios y actividades regulados por la Ley 6/2014 y Ley 12/2012 como los regulados por la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.

Quien lo puede presentar

La persona interesada o su representante legal

Plazos de presentación

Plazo máximo de 1 MES desde que se hubiera formalizado la transmisión

Presentación

Telemática o presencial (en las oficinas de registro) para las personas físicas no obligadas a presentar las solicitudes de forma telemática, basándose en el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Telemática para el resto de sujetos, basándose en el artícule 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Órgano gestor

Junta de Gobierno Local

Plazo de resolución

No procede

Efecto del silencio administrativo

Estimatorio

Recursos

Contra el presente acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, hay que interponer los siguientes recursos:
Contra la liquidación o acto de gestión tributaria propiamente dicha, hay que interponer recurso preceptivo de reposición delante del mismo órgano que lo dictó, dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente de la recepción de esta notificación. El recurso se entenderá desestimado cuando no haya recaído una resolución en el plazo de un mes, pudiendo en ese caso interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses delante del Juzgado del Contencioso-Administrativo.
Contra la liquidación propiamente dicha, recurso preceptivo de reposición, delante del mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de recepción de esta notificación. 
Contra los otros extremos del acto administrativo trascrito, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes delante del mismo órgano que lo dictó o interponer directamente recurso delante del juzgado del contencioso - administrativo, en el plazo de dos meses, a contar en ambos recursos desde el día siguiente de la notificación, sin perjuicio que pueda ejercitar cualquiera otra acción que estimo pueda asistirle en derecho.

Normativa básica

- Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat Valenciana, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.

- Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consell, por el que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalitat, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.

- Ley 6/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Prevención, Calidad y Control Ambiental de Activitadades en la Comunidad Valenciana.
- Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Pago de tasas

De acuerdo con la Ordenanza nº 18, reguladora de la tasa por licencia de apertura de establecimientos (arículo 6.4), en los cambios de titularidad se pagará el 50% de la tasa a que le corresponda, excepto cuando el interesado solicite un nuevo título jurídico habilitante y se prestan los servicios correspondientes completos.

Información Adicional

 

Documentación relacionada

- Documento de informacion publica : Comunicación de arrendamiento presencial.
- Documento de informacion publica : Comunicación de cambio de titularidad telemático.
- Documento de informacion publica : Comunicación de cambio de titularidad presencial.
- Documento de informacion publica : Comunicación de arrendamiento telemático.

Nivel de identificación del solicitante

Documentación a aportar

Documentación requerida
Comunicación de cambio de titularidad o arrendamiento
Comunicación según modelo de cambio de titularidad o arrendamiento suscrita por el transmitente y el adquiriente
Fotocopia del documento que acredite la identidad (DNI, NIE..) de la nueva persona titular de la actividad.
Fotocopia del documento que acredite la identidad (DNI, NIE..) de la persona cedente.
Documento que acredite la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna o mediante declaración en comparecencia personal de la persona interesada.
En caso de que la solicitud no la realice la persona interesada, sino su representante, se deberá presentar: Documento que acredite la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna o mediante declaración en comparecencia personal de la persona interesada.
Poderes de representación de la persona que firma la instancia.
Si la solicitud se formula en nombre de persona jurídica, deberá acompañarse con: Poderes de representación de la persona que firma la instancia.
Otra documentación
Cualquier otra documentación que pueda ser de interés en relación con el presente trámite
En caso de cambio de titular
Escritura de propiedad o del contrato de arrendamiento del local.
Copia del documento notarial o privado en cuya virtud se haya producido la transmisión de la licencia.
Declaración de vertido y plan de autocontrol según la Ordenanza municipal sobre tratamiento y vertido de aguas residuales, Anexo III.
Justificante de la licencia municipal del local.
Declaración responsable, de no modificación de las condiciones en las que se concedió la autorización.
En caso de arrendamiento
Copia del documento notarial o privado en cuya virtud se haya producido el arrendamiento de la actividad.
En caso de defunción de la persona titular anterior
Documento que acredite la herencia de los derechos sobre la titularidad de la licencia de actividad (Testamento, últimas voluntades, declaración judicial de las demás personas herederas?.).
En caso de defunción de la titular anterior: Documento que acredite la herencia de los derechos sobre la titularidad de la licencia de actividad (Testamento, últimas voluntades, declaración judicial de las demás personas herederas?.).
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