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Autorización para la instalación de atracciones feriales

Autorización para la obtención de la licencia de apertura para la instalación de atracciones feriales eventuales, portátiles o desmontables y en su caso, la ocupación del dominio público por medio de declaración responsable.


Finalidad

Autorización para la obtención de la licencia de apertura para la instalación de atracciones feriales eventuales, portátiles o desmontables y en su caso, la ocupación del dominio público por medio de declaración responsable.

Quien lo puede presentar

La persona interesada o su representante

Plazos de presentación

Mínimo 1 mes antes del inicio del acontecimiento

Presentación

Telemática o presencial (en las oficinas de registro) para los administrados no obligados a presentar las solicitudes de forma telemática, de acuerdo con el artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Telemática para la resto de administrados, de acuerdo con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Órgano gestor

Alcalde o Concejal Delegado

Plazo de resolución

3 meses

Efecto del silencio administrativo

No procede

Recursos

Contra el presente acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, hay que interponer los siguientes recursos: Contra la liquidación o acto de gestión tributaria propiamente dicha, hay que interponer recurso preceptivo de reposición delante del mismo órgano que lo dictó, dentro del plazo de un mes contado desde el día siguiente de la recepción de esta notificación. El recurso se entenderá desestimado cuando no haya recaído una resolución en el plazo de un mes, pudiendo en ese caso interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses delante del Juzgado del Contencioso-Administrativo. Contra la liquidación propiamente dicha, recurso preceptivo de reposición, delante del mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de recepción de esta notificación. Contra los otros extremos del acto administrativo trascrito, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición delante del mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día hábil siguiente al de su notificación.

Normativa básica

- La Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalidad Valenciana, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.
- El Decreto 143/2015, de 11 de septiembre, del Consejo de la Generalidad, de Desarrollo de La Ley 14/2010, de 3 de diciembre, de la Generalidad Valenciana, de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos.
- La Orden 21/2016 de 29 de diciembre, de la Consejería de Gobernación por la que se regulan los horarios de Espectáculos Públicos, Actividades recreativas y Establecimientos Públicos para el año 2017.
- El Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.
- La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- La Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas.
- El artículo 184 de la Ley 8/2010, de 23 de junio, de la Generalitat, de Régimen Local de la Comunitat Valenciana.

Pago de tasas

Por la ocupación del dominio público la Ordenanza fiscal nº 12 reguladora de la tasa por lugares, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones situados en terrenos de uso e industrias de los calles y ambulantes y rodaje cinematográfico. Por la tramitación del expediente de licencia de apertura la Ordenanza fiscal nº 18 reguladora de tasa por licencia de apertura de establecimientos.

Documentación relacionada

- 0608020103_01P_Solicitud presencial : 0608020103_01P_Solicitud presencial_Licencia de apertura atracciones eventuales
- 0608020103_01T_Solicitud telematica : 0608020103_01T_Solicitud telematica_Licencia de apertura atracciones eventuales
- 0608020103_02P_Anexo I-DR : 0608020103_02P_Anexo I-Declaracion responsable presencial
- 0608020103_02T_Anexo I-DR : 0608020103_02T_Anexo I-Declaracion responsable telematica
- 0608020103_03P_Certificado de seguro : 0608020103_03P_Certificado de seguro presencial
- 0608020103_03T_Certificado de seguro : 0608020103_03T_Certificado de seguro telematica

Nivel de identificación del solicitante

Documentación a aportar

Documentación requerida
Solicitud de persona interesada
Solicitud según modelo, firmada por la persona interesada
En caso de representación, acreditación de la representación
En caso de que la solicitud no la realice la persona interesada, sino su representante, se deberá presentar documento que acredite la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de ello, o mediante declaración en comparecencia personal de la persona interesada.
Certificado acreditando la suscripción de un contrato de seguro (Anexo II)
Certificado (Anexo II) que acredite la suscripción de un contrato de seguro que cubra la responsabilidad civil por daños al público asistente y a terceros, el riesgo de incendios y los daños al personal que preste allí sus servicios y con el capital exigido según los artículos 59 y 60 del Decreto 143/2015
Certificado de revisión anual de la atracción
Certificado de baja tensión anual de la atracción
Certificado final del montaje de la instalación
Certificación final de montaje de la instalación suscrito por técnico competente o por empresa con calificación de Entitat de Certificación Administrativa u organismo análogo, acreditativo de que las instalaciones reúnen las medidas necesarias de seguridad y solidez en todos sus elementos.
Declaración responsable (Anexo I)
Declaración responsable (Anexo I) , según el artículo 95 del Decreto 143/2015
Proyecto Técnico
Proyecto Técnico de la atracció redactado por facultativo competente y visado por su colegio profesional. El Proyecto deberá cumplir las condiciones técnicas establecidas en el artículo 4 de la Ley 14/2010.
Otra documentación
Cualquier otra documentación que pueda ser de interés en relación con el presente trámite
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