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Diligencias de Embargo de Créditos emitidas por otras Administraciones Públicas

Diligencias de Embargo de Créditos emitidas por otras Administraciones Públicas


Finalidad

Diligencias de Embargo de Créditos emitidas por otras Administraciones Públicas

Quien lo puede presentar

La administración pública que emite la diligencia de embargo de créditos

Plazos de presentación

En cualquier momento

Presentación

Telemática en base al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Órgano gestor

Departamento de Tesorería

Plazo de resolución

No procede. Se aplicará el embargo de forma inmediata, sin perjuicio de la prelación de embargos, en caso de existir embargos previos en relación con los créditos embargados.

Efecto del silencio administrativo

Estimatorio

Recursos

No procede

Normativa básica

- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria y normativa de desarrollo.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Pago de tasas

No procede

Documentación relacionada

- 12345678T_Instancia_General : 12345678T_Instancia_General (En caso de presentación telemática)

Nivel de identificación del solicitante

Documentación a aportar

Documentación requerida
Otra documentación
Cualquier otra documentación que pueda ser de interés en relación con el presente trámite
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