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Exención IVTM - Cartilla de inspección agrícola

Solicitud de exención del pago del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, sobre los vehículos que sean tractores, remolques y semirremolques y maquinaria provistos de la cartilla de inscripción agrícola.


Finalidad

Solicitud de exención del pago del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, sobre los vehículos que sean tractores, remolques y semirremolques y maquinaria provistos de la cartilla de inscripción agrícola.

Quien lo puede presentar

La persona interesada o su representante legal. Se considera persona interesada, el titular del vehículo o representante debidamente acreditado.

Plazos de presentación

Cuando es alta, desde matriculación 30 días. Con carácter general, el efecto de la concesión de exenciones comienza a partir del ejercicio siguiente a la fecha de la solicitud y no puede tener carácter retroactivo. No obstante, cuando el beneficio fiscal se solicite antes de que la liquidación sea firme, se concederá si en la fecha de devengo del tributo concurren los requisitos exigidos para su disfrute.

Presentación

Telemática o presencial (en las oficinas de registro) para las personas físicas no obligadas a presentar las solicitudes de forma telemática, en base al artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Telemática para el resto de sujetos, en base al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

?1. Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. El medio elegido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas podrá ser modificado por aquella en cualquier momento.
2. En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:

a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica.
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.?

Órgano gestor

Alcaldía o Concejalía delegada

Plazo de resolución

6 meses desde la presentación de la solicitud de exención del IVTM por cartilla de inspección agrícola.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Recursos

Contra el presente acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso preceptivo de reposición, ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de recepción de esta notificación. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, es posible interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de 2 meses desde el día siguiente a la notificación de la resolución de dicho recurso de reposición ante el ante el juzgado/sala del tribunal superior de justicia de lo contencioso-administrativo de la ciudad de Valencia/la Comunidad Valenciana. El recurso se entenderá desestimado cuando no haya recibido la notificación de la resolución del recurso de reposición en el plazo de un mes desde su presentación, pudiendo en este caso interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de seis meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valencia. Una vez transcurrido el plazo sin que se haya interpuesto recurso, el acto quedara firme y no será impugnable. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que el interesado pudiese interponer en defensa de sus derechos e intereses. La interposición del recurso de reposición no paralizará la acción administrativa para su cobro a no ser que el interesado solicite en el mismo plazo la suspensión del procedimiento recaudador, previa presentación de garantía suficiente conforme lo dispuesto en el art. 25.3 RD 520/2005.

Normativa básica

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ordenanza fiscal nº 3 reguladora del Impuesto Vehículos de Tracción Mecánica.
- Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Ley 58/2003 de 17 diciembre, General Tributaria.

Documentación relacionada

- Documento de informacion publica : 02060207_02P_Solicitud exencíon para vehículo agrícola en el IVTM (En caso de solicitud presencial)
- Documento de informacion publica : 02060207_02T_Solicitud exencíon para vehículo agrícola en el IVTM (En caso de solicitud telemática)

Nivel de identificación del solicitante

Documentación a aportar

En todos los casos
Solicitud del interesado
Solicitud del interesado Escrito del interesado en la que se indique expresamente su voluntad de que se le aplique la exención del impuesto por ser vehículo provisto de la cartilla de inscripción agrícola, indicando la matrícula del vehículo sobre el que se solicita la exención.
Con carácter general
Cartilla de inscripción agrícola
Cartilla de inscripción agrícola Cartilla de inspección agrícola expedida por la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación
Fotocopia del certificado de características técnicas del vehículo
Fotocopia del permiso de circulación
NIF o CIF del titular del vehículo
Otra documentación
Cualquier otra documentación que pueda ser de interés en relación con el presente trámite
En caso de representación
Acreditación de la representación
En caso de que la solicitud no la realice la persona interesada, sino su representante, se deberá presentar documento que acredite la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de ello, o mediante declaración en comparecencia personal de la persona interesada.
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