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Registro en el Censo municipal de animales de compañía

Registro en el censo municipal de animales de compañía, de conformidad con la Ley 4/94, de 8 de julio, de la Generalitat Valenciana, sobre protección de animales de compañía.


Finalidad

Censo de animales de compañía, de conformidad con la Ley 4/94, de 8 de julio, de la Generalitat Valenciana, sobre protección de animales de compañía.

Quien lo puede presentar

La persona interesada o su representante legal

Plazos de presentación

En cualquier momento

Presentación

Telemática o presencial (en las oficinas de registro) para las personas físicas no obligadas a presentar las solicitudes de forma telemática, en base al artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Telemática para el resto de sujetos, en base al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Órgano gestor

Alcaldía o Concejalía delegada/ Pleno/ Junta de Gobierno Local

Plazo de resolución

El plazo de resolución de la instancia no podrá exceder de seis meses.

Efecto del silencio administrativo

Estimatorio

Recursos

Contra el presente acto que pone fin a la vía administrativa,se podrá interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo dictó, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el juzgado /sala del tribunal superior de justicia de lo contencioso-administrativo de la ciudad de Valencia /la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses; a contar en ambos casos desde el día siguiente al de la notificación del acto. Una vez transcurrido el plazo sin que se haya interpuesto recurso, el acto quedara firme y no será impugnable. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro recurso que estime pertinente en defensa de sus derechos e intereses.

Normativa básica

- Ley 4/94, de 8 de julio, de la Generalitat Valenciana, sobre protección de animales de compañía.
- Decreto 158/1996, de 13 de agosto, del Gobierno Valenciano, por el que se desarrolla la Ley de la Generalitat Valenciana 4/1994, de 8 de julio.
- Ordenanza municipal reguladora de la tenencia de animales de compañía, aprobada por Pleno el 18 de enero de 2001, publicada en el BOP de Valencia núm. 110 de 10 de mayo de 2001.

Documentación relacionada

- Solicitud censo animales compañía. : Solicitud en el censo de animales de compañía, según la Ley 4/94, de 8 de julio de protección de animales de compañía. (en caso de solicitud presencial)
- Solicitud de censo de animales de compañía. : Solicitud de censo de animales de compañía, según la Ley 4/94, de 8 de julio, de la Generalitat Valenciana, de protección de animales de compañía. (en caso de solicitud telemática)

Nivel de identificación del solicitante

Documentación a aportar

Documentación requerida
Solicitud de la persona interesada
Escrito de la persona interesada en la que se indique expresamente
En caso de representación, acreditación de la representación
En caso de que la solicitud no la realice la persona interesada, sino su representante, se deberá presentar documento que acredite la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de ello, o mediante declaración en comparecencia personal de la persona interesada.
Fotocopia del carnet de identificación del RIVIA
Fotocopia del pasaporte o cartilla sanitaria del animal con la vacuna de la rabia actualizada.
Otra documentación
Cualquier otra documentación que pueda ser de interés en relación con el presente trámite