Registro electrónico
Hora:  
 

Autorización celebración de matrimonio civil

Autorización celebración de matrimonio civil


Finalidad

Autorización celebración de matrimonio civil

Quien lo puede presentar

La persona interesada o su representate legal

Plazos de presentación

En cualquier momento

Presentación

Telemática o presencial (en las oficinas de registro) para las personas físicas no obligadas a presentar las solicitudes de forma telemática, en base al artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Telemática o presencial (en las oficinas de registro) para las personas físicas no obligadas a presentar las solicitudes de forma telemática, en base al artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Telemática para el resto de sujetos, en base al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Órgano gestor

Alcaldía o Concejalía delegada/ Pleno/ Junta de Gobierno Local

Plazo de resolución

El plazo de resolución de la instancia no podrá exceder de seis meses.

Efecto del silencio administrativo

Estimatorio

Recursos

El recurso que corresponda según el procedimiento administrativo tramitado, conforme a la normativa legal vigente.

Normativa básica

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ordenanza fiscal nº 30 reguladora de la tasa por prestación del servicio de celebración de matrimonios civiles.

Pago de tasas

113,70 ?

Documentación relacionada

- Documento de informacion publica : 01030104T_solicitud celebración matrimonio civil ( en caso de solicitud telemática)
- Documento de informacion publica : 01030104P_solicitud celebración matrimonio civil (en caso de solicitud presencial)

Nivel de identificación del solicitante

Documentación a aportar

Documentación requerida
Solicitud de la persona interesada
Documento que acredite la identidad de la persona interesada: DNI, NIE, NIF, Pasaporte,..
En caso de representación, acreditación de la representación
En caso de que la solicitud no la realice la persona interesada, sino su representante, se deberá presentar documento que acredite la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de ello, o mediante declaración en comparecencia personal de la persona interesada.
Documento que acredite la identidad de la persona que ejerza la representación: DNI, NIE, NIF, Pasaporte,..
Tasa
Autorización judicial para celebración del matrimonio civil
D.N.I. de los testigos
Otra documentación
Cualquier otra documentación que pueda ser de interés en relación con el presente trámite