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Informes solicitados por otras administraciones

Solicitud de informes a instancia otras administraciones públicas


Finalidad

Solicitud de informes a instancia otras administraciones públicas

Quien lo puede presentar

Cualquier administración pública

Plazos de presentación

En cualquier momento

Presentación

Telemática para las personas jurídicas obligadas a presentar las solicitudes de forma telemática, en base al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. 

Artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

?1. Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. El medio elegido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas podrá ser modificado por aquella en cualquier momento.
2. En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:

a) Las personas jurídicas.
b) Las entidades sin personalidad jurídica.
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración.?

Órgano gestor

Alcaldía o concejalía delegada

Plazo de resolución

Salvo que la normativa específica establezca otro distinto (nunca superior a 6 meses, salvo normativa comunitaria que establezca uno mayor), el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será de tres meses.
Este plazo se contará:
a) En los procedimientos iniciados de oficio, desde la fecha del acuerdo de iniciación.
b) En los iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Organismo competente para su tramitación.

Efecto del silencio administrativo

Estimatorio

Recursos

El recurso que corresponda según el procedimiento administrativo tramitado, conforme a la normativa legal vigente.

Normativa básica

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Pago de tasas

No procede

Documentación relacionada

- Documento de informacion publica : 05020503_01T_Solicitud informe por otra adm (en caso de solicitud telemática)
- Documento de informacion publica : 05020503_01P_Solicitud informe por otra adm (en caso de solicitud presencial)

Nivel de identificación del solicitante

Documentación a aportar

Documentación requerida
Otra documentación
Cualquier otra documentación que pueda ser de interés en relación con el presente trámite