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Alta en el padrón municipal de habitantes

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Finalidad

Alta en el padrón municipal de habitantes

Quien lo puede presentar

La persona interesada o su representante legal

Plazos de presentación

En cualquier momento

Presentación

Telemática o presencial (en las oficinas de registro) para las personas físicas no obligadas a presentar las solicitudes de forma telemática, en base al artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Órgano gestor

Alcaldía o Concejalía delegada/ Pleno/ Junta de Gobierno Local.

Plazo de resolución

El plazo de resolución de la instancia no podrá exceder de seis meses.

Efecto del silencio administrativo

Desestimatorio

Recursos

El recurso que corresponda según el procedimiento administrativo tramitado, conforme a la normativa legal vigente.

Normativa básica

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 7/1985, de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local.
- Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
- Resolución de 30 de enero de 2015 del Presidente del Instituto Nacional de Estadística y Director General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales.

Documentación relacionada

- Documento de informacion publica : 12345678T_Instancia_General (en caso de solicitud telemática)
- Documento de informacion publica : 12345678P_Instancia_General (en caso de solicitud presencial)
- Documento de informacion publica : 01150105T_Solicitud de cambio de domicilio en el Padrón de Habitantes (en caso de solicitud telemática)
- Documento de informacion publica : 01150105P_Solicitud de cambio de domicilio en el Padrón de Habitantes (en caso de solicitud presencial)

Nivel de identificación del solicitante

Documentación a aportar

Documentación requerida
Solicitud de la persona interesada
Documento que acredite la identidad de la persona interesada: DNI, NIE, NIF, Pasaporte,..
Escritura de propiedad de la vivienda, o en su caso, contrato de arrendamiento de la misma.
Escritura de la vivienda, o en su caso, contrato de arrendamiento de la misma.
Autorización del propietario de la vivienda.
Si en el domicilio ya se encuentran empadronadas otras personas: - autorización de algún miembro de la unidad familiar ya inscrita. - en caso de alquiler, autorización del propietario de la vivienda. - en el caso que sea el propietario bastará con su autorización.
En caso de representación, acreditación de la representación
En caso de que la solicitud no la realice la persona interesada, sino su representante, se deberá presentar documento que acredite la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de ello, o mediante declaración en comparecencia personal de la persona interesada.
Documento que acredite la identidad de la persona que ejerza la representación: DNI, NIE, NIF, Pasaporte,..
Documento que acredite la identidad de la persona que ejerza la representación: DNI, NIE, NIF, Pasaporte,..
Documentación menores
DNI/ Libro de Familia/ Autorización fimadas por los dos padres/ Resolución judicial acreditativa de la guardia y custodia
Otra documentación
Cualquier otra documentación que pueda ser de interés en relación con el presente trámite