Subvenciones Plan de actualización de la imagen comercial y nuevas tecnologias del comercio
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datos de la subsección
Descripción:

Solicitud de Subvenciones del Plan de actualización de la imagen comercial y nuevas tecnologias del comercio de Llíria.

Finalidad:

Solicitud de Subvenciones del Plan de actualización de la imagen comercial y nuevas tecnologias del comercio de Llíria

Quien lo puede Presentar:

Cualquier persona física o jurídica que cumpla con los requisitos de la convocatoria

Plazos de Presentación:

Según convocatoria

Presentación:

Telemática o presencial (en las oficinas de registro) para las personas físicas no obligadas a presentar las solicitudes de forma telemática, en base al artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Telemática para el resto de sujetos, en base al artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
"1. Las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. El medio elegido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas podrá ser modificado por aquella en cualquier momento
2. En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:

a) Las personas jurídicas.

b) Las entidades sin personalidad jurídica.
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración."

Organo Gestor:

Agencia de desarrollo local (ADL) / AFIC / Concejal delegado

Plazo de resolución:

3 meses

Efecto del silencio Administrativo: Estimatorio
Recursos:

Contra el presente acto administrativo que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la recepción de la notificación del presente acto, ante el ante el juzgado /sala del tribunal superior de justicia de lo contencioso-administrativo de la ciudad de Valencia /la Comunidad Valenciana. Una vez transcurrido el plazo sin que se haya interpuesto recurso, el acto quedara firme y no será impugnable. No obstante el interesado podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente en Contra el presente acto administrativo que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la recepción de la notificación del presente acto, ante el ante el juzgado /sala del tribunal superior de justicia de lo contencioso-administrativo de la ciudad de Valencia /la Comunidad Valenciana. Una vez transcurrido el plazo sin que se haya interpuesto recurso, el acto quedara firme y no será impugnable. No obstante el interesado podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente en defensa de sus derechos e intereses.

Normativa básica:

- Bases de las Subvenciones del Plan de actualización de la imagen comercial y nuevas tecnologias del comercio de Llíria-
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Información Adicional:


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ANNEX 2-SOL·LICITUD DE PAGAMENT

Nivel de identificación del solicitante:
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a Presentar:
Documentación requerida
- Instancia de solicitud
- Documento que acredite la identidad de la persona interesada: DNI, NIE, NIF, Pasaporte,..
- Alta en el censo de obligaciones tributarias (modelo 036 o 037) como personal trabajador autonomo o profesional y alta en el regimen especial de trabajadores autonomos de la seguridad social o documentación equivalente
- Memoria de la actuación por la que se solicita la subvención
- Certificado de estar al corriente en las obligaciones tributarias frente a la Agencia estatal de la administración tributaria
- Certificado de estar al corriente en las obligaciones tributarias de la Tesorería General de la Seguridad Social
- Ficha Mantenimiento de terceros (datos de domiciliación bancaria para cobrar la subvención)
- Cualquier otra documentación que pueda ser de interés en relación con el presente trámite