Otros expedientes de Cultura (entrada genérica)
Volver

datos de la subsección
Descripción:

Solicitudes y expedientes iniciados de oficio relativos a materia cultural.

Finalidad:

Dar respuesta a las solicitudes y resolver los procedimientos iniciados de oficio que se dirijan al Área responsable en materia cultural.

Quien lo puede Presentar:

La persona interesada o su representante legal.

Plazos de Presentación: En cualquier momento
Presentación:

Telemática o presencial (en las oficinas de registro) para las personas físicas no obligadas a presentar las solicitudes de forma telemática, en base al artículo 14.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Organo Gestor:

Concejalía delegada

Plazo de resolución:

El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento. Este plazo no podrá exceder de seis meses salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en el Derecho de la Unión Europea.

Efecto del silencio Administrativo: Estimatorio
Recursos:

El recurso que corresponda según el procedimiento administrativo tramitado, conforme a la normativa legal vigente.

Normativa básica:

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Documentación relacionada:
12345678P_Instancia_General.

12345678P_Instancia_General.

12345678T_Instancia_General.

12345678T_Instancia_General.

Nivel de identificación del solicitante:
Alto:
Certificado digital reconocido y firma electrónica
Documentos a Presentar:
Documentación requerida
Otra documentación
Cualquier otra documentación que pueda ser de interés en relación con el presente trámite